RAI
Registro de Aceptaciones Impagadas, fichero centrado en efectos comerciales impagados por empresas y autónomos.
RAI son las siglas de Registro de Aceptaciones Impagadas, un fichero de morosidad enfocado al ámbito empresarial. Registra los impagos de efectos comerciales —letras de cambio, pagarés y cheques nominativos aceptados— por importe superior a 300 € cuando el aceptante es persona jurídica o autónomo. Es gestionado por el Centro de Cooperación Interbancaria (CCI) y se consulta habitualmente por bancos antes de conceder líneas de crédito, pólizas de descuento o financiación empresarial.
Cómo funciona
A diferencia de ASNEF y BADEXCUG, que registran deudas principalmente de consumidores particulares, el RAI se centra en impagos cambiarios protagonizados por empresas. La inclusión procede cuando un efecto comercial aceptado formalmente no es atendido a su vencimiento y el acreedor lo comunica al registro.
Al tratarse de un sistema común de información crediticia, su operativa está sujeta a los requisitos del artículo 20 de la LOPDGDD cuando el aceptante es persona física (autónomo): la deuda debe ser cierta, vencida, exigible y previamente reclamada, y el responsable del fichero debe notificar la inclusión en los 30 días siguientes. Para personas jurídicas, el régimen de protección de datos no aplica en los mismos términos, pero las reglas contractuales y de exactitud de la información siguen siendo exigibles.
Consecuencias del impago
Aparecer en el RAI tiene consecuencias operativas graves para una empresa o autónomo:
- Denegación de financiación bancaria: los bancos consultan el RAI antes de aprobar líneas de crédito, préstamos o pólizas de descuento comercial. Una inclusión activa suele bloquear la operación aunque la empresa esté al corriente con el resto de acreedores.
- Cancelación de líneas existentes: las líneas de descuento de efectos o las pólizas de crédito pueden ser canceladas unilateralmente por la entidad al detectar una inclusión en el RAI.
- Daño reputacional: proveedores, clientes y socios comerciales con acceso al fichero pueden reevaluar sus condiciones de cobro o pago.
Un impago relativamente pequeño puede bloquear toda la operativa financiera de un negocio que dependa del circuito interbancario para su liquidez.
Tus derechos
La persona física o jurídica incluida puede ejercer los derechos ARCO ante el responsable del fichero para acceder a sus datos, rectificar errores o solicitar la supresión cuando la inclusión no cumple los requisitos legales. El responsable debe resolver en un mes. Agotada la vía interna, los autónomos y personas físicas pueden elevar la reclamación a la AEPD en los mismos términos que para cualquier otro SIC (a fecha 2026-04-08).
Fuentes
- Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), artículo 20 — recuperado 2026-04-08
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