Banco de España
Banco central de España, integrado en el Eurosistema, y supervisor de las entidades de crédito españolas.
El Banco de España (BdE) es el banco central nacional, integrado en el Sistema Europeo de Bancos Centrales, y el supervisor público de los bancos, cajas y establecimientos financieros de crédito que operan en España. Para un consumidor, el BdE afecta a tres cosas concretas: supervisa a la entidad con la que has firmado tu hipoteca o préstamo, gestiona la CIRBE donde figuran tus deudas bancarias declaradas, y publica los tipos oficiales de referencia que se aplican a los contratos a tipo variable.
Cómo funciona
El BdE es una entidad de Derecho público con personalidad jurídica propia y autonomía funcional frente al Gobierno, según el artículo 1 de la Ley 13/1994. Esa misma ley lo declara parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales, por lo que comparte con el Banco Central Europeo la política monetaria del euro.
Sus funciones consumer-facing se estructuran en tres bloques. La supervisión prudencial y de conducta de las entidades de crédito, que el artículo 7.6 de la Ley 13/1994 le atribuye expresamente. La Central de Información de Riesgos (CIRBE), base de datos que agrega los préstamos, créditos, avales y garantías declarados por cada entidad por encima de 1.000 € de riesgo acumulado, según la ficha oficial del BdE. Y el Servicio de Reclamaciones, creado por el artículo 30 de la Ley 44/2002 para atender las quejas de los usuarios de servicios financieros.
Cómo consultarlo
Un consumidor puede dirigirse al BdE por dos vías principales.
Para consultar su CIRBE, se solicita el informe de riesgos a través de la Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve. Es gratuito y el plazo máximo de tramitación es de diez días hábiles, según la ficha del trámite. La CIRBE no es un fichero de morosos: refleja tu posición deudora total frente al sistema bancario, y los prestamistas la consultan antes de concederte un nuevo crédito.
Para reclamar contra un banco, el procedimiento exige primero presentar la queja ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad. Si no hay respuesta en dos meses o la respuesta es insatisfactoria, el usuario puede elevar la reclamación al Servicio de Reclamaciones del BdE. Conviene saber que el informe del BdE no es vinculante para la entidad: el artículo 30.2 de la Ley 44/2002 establece que estos informes no tienen la consideración de actos administrativos recurribles.
Por último, el BdE publica mensualmente los tipos oficiales de referencia del mercado hipotecario, que se aplican a la revisión de las hipotecas a tipo de interés variable y que también sirven de base para calcular la TAE en productos a tipo referenciado.
Fuentes
- Ley 13/1994, de Autonomía del Banco de España — recuperado 2026-04-07
- Ley 44/2002, art. 30 — Servicio de Reclamaciones — recuperado 2026-04-07
- CIRBE — Cliente Bancario, Banco de España — recuperado 2026-04-07
- Solicitud del informe de riesgos CIRBE — Sede Electrónica BdE — recuperado 2026-04-07
- Tipo de interés de referencia — Glosario estadístico BdE — recuperado 2026-04-07
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